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Desde este lunes, 7 de junio, España abre sus fronteras a los turistas internacionales vacunados contra el coronavirus. La única excepción, por el momento, es para quienes lleguen de Brasil, Sudáfrica e India, desde donde solo pueden acceder españoles o residentes en España o Andorra. En este post te contamos todos los detalles.

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España abre sus fronteras a los turistas internacionales vacunados este lunes

La reapertura del turismo internacional coincide con el día en que España se suma a la prueba piloto del Certificado Covid Digital de la Unión Europea que permitirá viajar a los ciudadanos de la Unión Europea que estén vacunados, hayan pasado la enfermedad o presenten un test negativo de covid-19. Este ‘pasaporte covid’, en forma de código QR, entrará en vigor oficialmente el próximo 1 de julio.

España abre sus fronteras a los turistas internacionales vacunados: ¿Quiénes pueden entrar en España?

  • Ciudadanos europeos, vengan de donde vengan.
  • Residentes en cualquier país de la Unión Europea, estados Schengen, Andorra, Mónaco, el Vaticano y San Marino, pero siempre que se dirijan al país en el que viven, vengan de donde vengan.
  • Personas que lleguen desde Australia, Nueva Zelanda, Singapur, Ruanda, Corea del Sur, Tailandia, China, Israel, Reino Unido y Japón.
  • Para quienes lleguen del resto de países del mundo (excepto desde Brasil, Sudáfrica e India, que solo se permite en caso de ciudadanos o residentes en España o Andorra):
    • Personas vacunadas (con pauta completa finalizada al menos 14 días antes del viaje).
    • Titulares de un visado de larga duración de un país Schengen, siempre que se dirijan a ese país. También estudiantes con visado que vayan a esos países, siempre que entren durante el curso o los 15 días previos. Si el viaje es por menos de 90 días, debe tratarse de un curso oficial.
    • Profesionales de la salud (incluye a investigadores y personas dedicadas al cuidado de mayores) que se dirijan o regresen a su lugar de trabajo.
    • Personal de transporte de mercancías y tripulantes de buques y personal de vuelo.
    • Personal diplomático, de organizaciones internacionales y militares, e organizaciones humanitarias, pero siempre durante su trabajo.
    • Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluidos deportistas.
    • Por motivos familiares imperativos o de fuerza mayor o necesidad.

España abre sus fronteras a los turistas internacionales vacunados ¿Hay excepciones?

La única excepción, por el momento, es para quienes lleguen de Brasil, Sudáfrica e India, desde donde solo pueden acceder españoles o residentes en España o Andorra.

¿Con qué vacunas se pueden entrar?

Las condición es que los turistas hayan completado el ciclo de vacunación, con dos dosis en casi todas las vacunas existentes, como mínimo catorce días antes de su viaje. Pero no puede ser cualquier vacuna, quienes viajen tienen que estar inmunizados con alguno de los desarrollos autorizados por la Agencia Europea de los Medicamentos (EMA) o por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Estas son: Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Johnson & Johnson, Sinopharm y Sinovac. Estos dos últimos sueros han sido añadidos a los autorizados por el regulador europeo debido a su importancia en países de Latinoamérica y de Oriente Próximo.

¿Qué pasará con los que se inmunizaron con Sputnik V?

Por el momento el desarrollo ruso no recibió el visto bueno de la EMA. Sin embargo, en la OMS, el inoculante ruso, están en las fases finales de de evaluación. Si en las próximas semanas el organismo mundial decide incorporarlo al listado autorizaría a los millones de inoculados con la vacuna rusa -de uso extendido en Argentina, por ejemplo- a viajar a España como turistas.

Según confirmaron las autoridades españolas, la nómina se irá ampliando a medida que la EMA y la OMS autoricen más vacunas.

¿Qué pasa con los niños?

Los niños que no hayan cumplido seis años y vayan con adultos vacunados no tendrán que estar vacunados para poder entrar. Los menores de 6 años deberán estar en posesión del código QR obtenido tras la cumplimentación del formulario de control sanitario a través de SpTH.

En cuanto a los menores de entre 6 y 18 años deberán presentar certificado de diagnóstico negativo (PCR o antígenos) expedido en las 48 horas anteriores a la llegada a España y estar en posesión del código QR obtenido tras la cumplimentación del formulario de control sanitario a través de SpTH.

¿Qué certificados se piden ahora para ingresar a España? (Si tenés pasaporte de la UE)

Hasta ahora, aunque todo el mundo tenía que rellenar un formulario de control sanitario general, se exigía PCR a quienes llegaran de países de riesgo, una lista que se actualiza cada tanto en la página web del Ministerio de Sanidad y que incluye a casi todos los países del mundo, con algunas excepciones.

A partir de ahora, quienes lleguen de esas zonas de riesgo (también por tierra) y tengan pasaporte de la UE tendrán tres opciones, a elegir:

  1. Presentar un certificado de vacunación.
  2. Presentar un certificado de recuperación (haber pasado la enfermedad).
  3. Presentar una prueba negativa del virus. (certificado de diagnóstico).

Así, ya no es obligatorio que todas esas personas presenten PCR negativa, y pueden optar por un certificado de vacunación o de recuperación, dependiendo del caso. Además, para certificar una prueba negativa ahora sí se aceptan los tests de antígenos, no solo las PCR y similares, siempre que estén aprobados por la Comisión Europea. Y, si a partir de ahora la prueba debía haberse realizado 72 horas antes de llegar, ahora ese tiempo se recorta a 48 horas.

Si la persona está vacunada, deberá aportar un certificado que incluya la fecha de las dosis (la pauta completa debe haber terminada como mínimo 14 días antes), el organismo que vacunó, los datos personales y el tipo de vacuna, ya que solo se admitirán aquellos inmunizados con las aprobadas por la EMA o la OMS.

En cuanto al certificado de recuperación, servirá para acreditar que se ha pasado la enfermedad. Deberá estar firmado por una autoridad o servicio médico y se aceptará solo cuando incluya que dio positivo en una prueba PCR o similar al menos 11 días antes del viaje y hasta 180 días. Esto es, podrán utilizar este certificado quienes pasaran la enfermedad en los seis meses antes de llegar a España, siempre que al menos hayan pasado 11 días desde la última prueba que dio positivo y que un profesional acredite que la enfermedad está superada.

En los tres casos, los certificados deberán estar en español, inglés, francés o alemán, o traducidos por un organismo oficial a español si el original está en cualquier otro idioma.

Todas esas personas que vengan de zonas de riesgo y a las que se exige alguno de estos tres certificados pasarán por el control lento. Al menos hasta que se ponga en marcha el certificado digital europeo, que permitirá el acceso por la vía rápida. El resto pasará por el “fast control”, que solo tendrá en cuenta que se haya rellenado el formulario sanitario general. En ambos casos, las revisiones se harán mediante códigos QR, que se obtendrán en la página web habilitada para rellenar los formularios.

¿Cuáles son las zonas de riesgo desde las que se exige alguno de los tres certificados?

  • Desde Europa: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia (excepto las regiones de Åland y Länsi-Suomi), Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Noruega (excepto la región de Nordland), Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía y Suecia.
  • Desde el resto del mundo: todos los países excepto Australia, China, Corea del Sur, Israel, Japón, Nueva Zelanda, Reino Unido, Ruanda, Singapur y Tailandia.

¿Se puede viajar dentro de España?

Los turistas que lleguen a partir de ahora a España se encontrarán con un país sin toque de queda y sin restricciones de movimiento entre sus regiones, aunque sí deberán observar algunas limitaciones de horarios y aforo.

¿Cómo es el caso de los argentinos?

En caso de fines turísticos ahora pueden entrar argentinos vacunados con la pauta completa hace más de 14 días y con vacunas autorizadas por la OMS.

Es decir que la única manera de que un turista argentino que no aplique a ninguna de las excepciones de entrada ni sea familiar de europeo ingrese a España es teniendo las dosis correspondientes de una vacuna aceptada por la Agencia Europea del Medicamento o la Organización Mundial de la Salud.

  • El certificado de vacunación deberá incluir, al menos, la siguiente información:
    • Nombre y apellido del titular.
    • Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada.
    • Tipo de vacuna administrada.
    • Número de dosis administradas/pauta completa.
    • País emisor.
    • Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación.

NO se puede ingresar a España presentando un certificado de diagnóstico o recuperación.

Ahora si tenés pasaporte UE basta con que tengas una de estas tres cosas: Vacunación, Test o Certificado de recuperación.

Respecto a los argentinos inoculados en Estados Unidos con las vacunas permitidas pueden viajar a España.

Fuentes:

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2 COMENTARIOS

  1. Yo soy familiar de ciudadano español (mi padre) pero sólo tengo pasaporte argentino, no estoy vacunada, como puedo viajar? Con PCR solo no puedo?

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